El juez federal Ariel Lijo decretó
la clausura parcial de la instrucción y elevó a juicio oral las
actuaciones por encubrimiento del atentado a la sede de la AMIA respecto
del ex presidente Carlos Menem, el ex magistrado Juan José Galeano y
quien fuera titular de la SIDE Hugo Anzorreguy, entre otros.
Según informó el Centro de Información Judicial, la resolución adoptada
por el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional
Federal Nº 4, están relacionados con los hechos conocidos como "pista
siria".
En el pedido de los fiscales para la elevación a juicio oral, se imputó al ex primer magistrado que, "extralimitando las funciones acordadas por la Constitución Nacional, determinó, por intermedio de una comunicación efectuada por su hermano Munir Menem al entonces juez federal Juan José Galeano a abandonar la investigación relativa a la denominada `pista Kanoore Edul`".
El documento afirma que en cumplimiento de esa "ilegal disposición presidencial", Galeano "frustró, ocultó, sustrajo, dilató y/o interrumpió, diligencias probatorias que podían comprometer a Kanoore Edul y a su entorno", entre los que se encontraba Mohsen Rabbani, agregado Cultural iraní en Buenos Aires en la época del atentado y hoy día con captura internacional".
En el pedido de los fiscales para la elevación a juicio oral, se imputó al ex primer magistrado que, "extralimitando las funciones acordadas por la Constitución Nacional, determinó, por intermedio de una comunicación efectuada por su hermano Munir Menem al entonces juez federal Juan José Galeano a abandonar la investigación relativa a la denominada `pista Kanoore Edul`".
El documento afirma que en cumplimiento de esa "ilegal disposición presidencial", Galeano "frustró, ocultó, sustrajo, dilató y/o interrumpió, diligencias probatorias que podían comprometer a Kanoore Edul y a su entorno", entre los que se encontraba Mohsen Rabbani, agregado Cultural iraní en Buenos Aires en la época del atentado y hoy día con captura internacional".
Los fiscales también imputaron a Menem haber determinado la realización
de conductas ilícitas por parte del ex titular de la Secretaría de
Inteligencia del Estado, Hugo Alfredo Anzorreguy; el subsecretario de
ese organismo, Juan Carlos Anchezar; el comisario Jorge Alberto "Fino"
Palacios y el también policía federal, Carlos Alberto Castañeda
-Comisario de la División Según la opinión del ministerio público, estos
últimos "llevaron a cabo determinadas acciones delictivas tendientes a
ocultar información y obstaculizar la línea de investigación
mencionada".
La resolución da cuenta además de que "la determinación presidencial tuvo como consecuencia el hacer surgir la resolución criminal para que operara la desaparición" de las transcripciones de distintas grabaciones telefónicas en la que surgían "los contactos de Alberto Kanoore Edul con la Casa Rosada".
Respecto de Galeano, los fiscales detallan que el ex juez "interrumpió la investigación de la denominada "pista Kanoore Edul", a partir de una orden ilegal emanada del ex presidente Menem" y detallan como se clausuraron las pesquisas, escuchas telefónicas y allanamientos que apuntaban en esa dirección.
"Asimismo, los fiscales dirigieron la imputación contra Galeano por el hecho de haber consentido y ordenado, a escasos días de ser efectivizadas, y prescindiendo del análisis del material producido, la baja de las intervenciones (telefónicas)", afirma el dictamen.
La línea investigativa interrumpida por Galeano a escasos días del hecho terrorista, "fue reanudada plenamente en fechas coincidentes con la salida de Carlos Saúl Menem de la titularidad del Poder Ejecutivo Nacional".
Al comisario "Fino" Palacios se lo imputa por la colaboración en el ocultamiento de información que podía incriminar a Kanoore Edul y a su entorno en el atentado a la sede de la AMIA y por la sustracción de los casetes correspondientes a distintas escuchas telefónicas.
Según se deja constancia en el expediente, El Código Penal prevé una de prisión de entre seis (6) meses y tres (3) años para la figura de Encubrimiento, y los fiscales consideran que Juan José Galeano, Carlos Saúl Menem, Hugo Alfredo Anzorreguy, Juan Carlos Anchezar, Carlos Antonio Castañeda y Jorge Alberto Palacios son "sujetos activos del mismo" en los hechos investigados.
"Menem debe responder como inductor de Juan José Galeano, respecto del encubrimiento de Alberto Jacinto Kanoore Edul, toda vez que a través de su investidura determinó, junto a su hermano Munir, al entonces juez federal que investigaba el atentado a la AMIA", agrega el documento.
El ex presidente afrontará cargos además por "incumplimiento de los deberes de funcionario público" en calidad de autor y "Falsedad Ideológica" como instigador.
La resolución da cuenta además de que "la determinación presidencial tuvo como consecuencia el hacer surgir la resolución criminal para que operara la desaparición" de las transcripciones de distintas grabaciones telefónicas en la que surgían "los contactos de Alberto Kanoore Edul con la Casa Rosada".
Respecto de Galeano, los fiscales detallan que el ex juez "interrumpió la investigación de la denominada "pista Kanoore Edul", a partir de una orden ilegal emanada del ex presidente Menem" y detallan como se clausuraron las pesquisas, escuchas telefónicas y allanamientos que apuntaban en esa dirección.
"Asimismo, los fiscales dirigieron la imputación contra Galeano por el hecho de haber consentido y ordenado, a escasos días de ser efectivizadas, y prescindiendo del análisis del material producido, la baja de las intervenciones (telefónicas)", afirma el dictamen.
La línea investigativa interrumpida por Galeano a escasos días del hecho terrorista, "fue reanudada plenamente en fechas coincidentes con la salida de Carlos Saúl Menem de la titularidad del Poder Ejecutivo Nacional".
Al comisario "Fino" Palacios se lo imputa por la colaboración en el ocultamiento de información que podía incriminar a Kanoore Edul y a su entorno en el atentado a la sede de la AMIA y por la sustracción de los casetes correspondientes a distintas escuchas telefónicas.
Según se deja constancia en el expediente, El Código Penal prevé una de prisión de entre seis (6) meses y tres (3) años para la figura de Encubrimiento, y los fiscales consideran que Juan José Galeano, Carlos Saúl Menem, Hugo Alfredo Anzorreguy, Juan Carlos Anchezar, Carlos Antonio Castañeda y Jorge Alberto Palacios son "sujetos activos del mismo" en los hechos investigados.
"Menem debe responder como inductor de Juan José Galeano, respecto del encubrimiento de Alberto Jacinto Kanoore Edul, toda vez que a través de su investidura determinó, junto a su hermano Munir, al entonces juez federal que investigaba el atentado a la AMIA", agrega el documento.
El ex presidente afrontará cargos además por "incumplimiento de los deberes de funcionario público" en calidad de autor y "Falsedad Ideológica" como instigador.
fuente: telam
No hay comentarios:
Publicar un comentario